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Ministerio de Energía liquidó valores por USD 215 millones para el Fondo Amazónico en 2021

BOLETÍN DE PRENSA

Quito D.M., 25 de noviembre de 2021

En el período enero – septiembre de 2021, el Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables realizó la liquidación de los valores por concepto de la aplicación de la Ley Orgánica de Planificación Integral de la Circunscripción Territorial Amazónica. El rubro asciende a USD 215, 57 millones, calculados sobre la base de los volúmenes de petróleo comercializados en el mercado externo.

La cifra fue confirmada, este jueves 25 de noviembre, por el Ministro de Energía y Recursos Naturales No Renovables, Juan Carlos Bermeo Calderón, durante su comparecencia en el pleno de la Comisión de Biodiversidad de la Asamblea Nacional.

De acuerdo con lo que señala el artículo 60 de la Ley Amazónica, el Fondo se financiará con una asignación equivalente al cuatro por ciento (4%) del precio de venta por cada barril de petróleo que se extraiga en la Circunscripción Territorial Especial Amazónica y que se comercialice en los mercados interno y externo. Esta asignación en ningún caso será inferior a dos dólares por cada barril de petróleo.

Ministro Juan Carlos Bermeo, junto a la Subsecretaria de Administración de Contratos, Mayra Albuja.

Al respecto, el Ministro Bermeo explicó el proceso de asignación de los recursos y la fórmula de cálculo aplicada, conforme la normativa legal vigente. Enfatizó que en el Ecuador no existe venta de crudo en el mercado interno, por lo cual para la aplicación de la Ley Amazónica se consideran los volúmenes y valores de la exportación de petróleo.

“En el país, el petróleo producido se carga en refinerías o se exporta no hay venta interna de crudo. Las cargas a las refinerías nacionales son realizadas por la empresa estatal Petroecuador, por tanto, no hay una transacción comercial de por medio”, aseguró.

Mayra Albuja, Subsecretaria de Administración de Contratos del Ministerio de Energía, indicó que las liquidaciones que se realizan por concepto de la Ley Amazónica se alinean a las disposiciones que emite anualmente el Ministerio de Economía y Finanzas. “Estas se realizan sobre la base de los volúmenes comercializados en el mercado externo”, señaló.

Por su parte, Petroecuador como entidad competente para la comercialización de hidrocarburos es la encargada de transferir los recursos por concepto de la Ley Amazónica al Banco Central. Este a su vez, distribuye los recursos a los Gobiernos Autónomos Descentralizados de la Amazonía.

El Gobierno del Ecuador promueve el aprovechamiento responsable de los recursos naturales y conforme a lo que señala la Política Petrolera, expedida mediante Decreto Ejecutivo 95, se desarrollan acciones para incrementar la producción petrolera, reducir ineficiencias y destinar los recursos provenientes de esta industria para atender necesidades urgentes de la población, especialmente en las zonas de influencia.